Este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1) LA HOMOLOGACIÓN del acto de autocomposición procesal celebrado entre la sociedad mercantil LUZ MAJER S.R.L., y el ciudadano ROXANA LAGUNA ambos antes identificados, en fecha 21 de julio de año 2006, dándole el carácter de cosa juzgada.