Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación de la transacción celebrada en fecha quince (15) de octubre de 2008, entre el ciudadano CARLOS ALBERTO BUELVAS DE LA OSSA, apoderado de la parte actora, asistido por la profesional del derecho, ciudadana VARINIA HERNANDEZ CEPEDA y el ciudadano DIEGO RAUL RUIZ PETRO, asistido por el profesional del derecho TEODORO VALERO arriba identificados, en el juicio que por REIVINDICACIÓN cursa por ante este Despacho. Se da por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin que se ordene el archivo definitivo del expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de todas las o.....