Por todos los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Demanda de Desalojo, incoada por la ciudadana Maritza Josefina Leiva de González, incoada en contra del ciudadano José Antonio Espinoza Barrios; en consecuencia se ordena a la parte demandada hacer entrega del inmueble ubicado en el Barrio Sierra Maestra, calle 17, manzana 124, Nº 12-38, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio Autónomo San Francisco Estado Zulia, a la parte actora. Asimismo, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de cuatro millones quinientos mil bolívares (Bs.4.500.000, 00) por concepto de cánones vencidos e insolutos, por daños y perjuicios derivados de la suspensión del servicio telefónico y deterioro material del inmueble.