Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara perimida la instancia en la presente causa. Asimismo se ordena suspender la medida de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 20-10-2005, y ejecutada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 31-10-2005, sobre el inmueble ubicado en la calle N° 6 de la Urbanización Mara Norte, Segunda Etapa, Manzana N°23-11, signado con el No. 23-11, en jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.