Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, ALBERTO ENRIQUE HERNÁNDEZ OVIEDO y MARIA MERCEDES QUEVEDO MORÁN, en fecha veintinueve (29) de marzo del año Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1.985), por ante el la Jefatura Civil del antes Municipio Cristo de Aranza del Distrito Maracaibo, hoy Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.