Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada ciudadano GILBERTO SANJUAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.524.782 domiciliado en la Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por ACCIDENTE DE TRANSITO incoada por el ciudadano EURO ENRIQUE GARCIA, plenamente identificado en actas, en contra del ciudadano GILBERTO SAN JUAN también identificado en las actas procesales.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 19.200,oo), y tomando en consideración que la demanda fue propuesta en fecha Veinticinco (25) de Octubre de 2007 y admitida por este Tribunal e.....