Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de la TRANSACCION, celebrada entre las partes en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS Y PERJUICIOS, siguen los ciudadanos MARIA DEL CRISTO MONTENEGRO LUENGAS y JULIO ALBERTO LUENGAS., en contra del ciudadano OMAR SANCHEZ NIEVES, todos identifica¬dos en actas, en consecuencia, se homologa la transacción, dándole el carácter de cosa Juzgada, y se ordena el archivo del expediente.
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de una transacción, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.-