Por los fundamentos antes expuestos: Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos AURA CHINQUINQUIRA MORILLO BENAVIDES y MELINTON QUINTANA GARCÍA, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 23 de Octubre de 1992 por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Parroquia Francisco Ochoa, del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, Acta Nro.239.
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que no procrearon hijos y durante la unión matrimonial no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad conyugal.