DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar Perimida la Instancia en la presente demanda por Resolución de Contrato y Cobro de Bolívares, intentada por la ciudadana ÁNGELA GIOVANNELLI, en contra de la ciudadana MARÍA MÁRQUEZ, ambas identificadas en la parte narrativa del presente fallo.
Se revoca la Medida Preventiva de Secuestro decretada en fecha treinta (30) de Marzo de 2009.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se hace constar que la Abogada en ejercicio MARÍA GIOVANNA LECCESE, obra en el proceso con el carácter de Apoderada Judicial de la par.....