DISPOSITIVA.-
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio 185-A realizada por los ciudadanos CLOTILDE COROMOTO OCANDO PADRÓN y HUGO JOSE RUBIO CAMACHO, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos CLOTILDE COROMOTO OCANDO PADRÓN y HUGO JOSE RUBIO CAMACHO, en fecha catorce (14) de noviembre de 1987, ante el Prefecto y Secretario respectivamente de la Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se desprende de la copia certificada del acta de matrimonio signada con e.....