DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar Perimida la Instancia en el presente Juicio de Resolución de Contrato y Daños y Perjuicios, seguido por la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES, C.A. contra el ciudadano LUÍS CARLOS VELEZ TORRES, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se revoca la Medida Preventiva de Secuestro decretada en fecha dos (02) de Octubre de 2009.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se hace constar que los Abogados en ejercicio ÁNGEL CASAS HERNÁNDEZ y MAYNERLIS BERMÚDEZ ABREU, obraron en el proces.....