DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos de derecho antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la acción de DESALOJO, intentada por el ciudadano ATILIO ATENCIO, en contra de la ciudadana DELIA JEANNETTE BRICEÑO QUINTERO, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se ordena a la parte demandada desalojar el inmueble constituido por un local comercial ubicado en la calle 58, número 15K-11 de la Urbanización "La Trinidad", identificado con el número 2, en jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y hacerle entrega del mismo a la parte demandante.
2) Se ordena a la parte dem.....