A) CONSUMADO el acto procesal de CONVENIMIENTO, realizado por la ciudadana ANA LEON DE MONTERO, abogada en ejercicio y de este domicilio, inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nos. 53.644, en su carácter de Apoderada Judicial de la Administradora de Junta de Condominio de la Torre "B" del Conjunto Residencial Las Tunas, parte actora, y la THAIS TRINIDAD HERNNADEZ BRITO, Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-7.737.773 y domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, parte demandada en el presente juicio, en consecuencia, se homologa el presente convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada, se ordena la devolución de los documentos originales consignados y corren insertos a los folios 4 al 17 ambos inclusive y 37 al 61 ambos inclusive, previa certificación en actas de sus originales y por último se abstiene de archivar el expediente.
B) En cuanto a las costas procesales se deja constancia que las partes en uso del principio de .....