PRIMERO: Sin Lugar la Cuestión Previa contenida en el Numeral 2 del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la Ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio, por los razonamientos antes expuestos, y propuesta por la representación judicial de la parte accionada ciudadano BERTILIO JOSE FERRER.
SEGUNDO: CON LUGAR la Cuestión Previa contenida en el Numeral 6 del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa al defecto de forma de la demanda, por no haber llenado la actora en el Libelo los requisitos que indica el articulo 340 eiusdem, específicamente en su Ordinal 4, en consecuencia, la parte accionante dispondrá del lapso de 5 días de despacho siguientes a la notificación de la última de las partes del contenido de la presente decisión, para subsanar la Cuestión Previa opuesta, ello de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 6 de diciembre d.....