Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa de Defecto de Forma invocada por la parte demandada con fundamento en el Ordinal Sexto del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por la ciudadana MARIA OLGA FERNANDEZ DE CAVADA, en contra del ciudadano NELSON ENRIQUE VILLASMIL CASTILLO, por los motivos que han quedado expresados en este fallo.
TERCERO: Se exime de costas a las partes tomando en cuenta, que a pesar de haberse declarado IMPROCEDENTE la acción hecha valer en la demanda, la Cuestión Previa invocada por el demandado fue declarada Sin Lugar, con lo cual queda evidenciado que no hubo vencimiento total en la presente decisión, en los térm.....