CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO, realizado por el ciudadano EUGENIO ENRIQUE LOPEZ SIMANCA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V- 13.628.407, Abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 87.702, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su propio nombre, quedando extinguido el proceso, ordena la devolución de la Letra de Cambio original consignada con el escrito Libelar y por último este Juzgado ordena archivar el expediente.