En meritos de los argumentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NIEGA la apelación interpuesta por la Profesional del Derecho CAROLINA BOSCAN GUILARTE, antes identificada, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil "GOMEZ & GONZALEZ CONSTRUCCIONES, C.A.", contra la decisión dictada por este Juzgado en fecha dieciocho (18) de Junio del 2.007.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.