Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la MEDIDA DE SECUESTRO, solicitada por la parte actora sobre el inmueble que se encuentra ubicado en el Sector La Salina, Avenida Bocono, signada con el número 303B, de la Urbanización Hollywood, Jurisdicción del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, y cuyos Linderos son: Norte: Linda con la Casa N° 301B; Sur: Linda con la Casa N° 305B; Este: Linda con la Casa N° 304C, y, Oeste: Linda con la Avenida Bocono; conforme consta en el instrumento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bolívar del Estado Zulia, con sede en Santa Rita, (hoy día Registro Inmobiliarios de los Municipios Autó.....