En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Articulo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos ISAAC RAFAEL LEON MANZANERO y PETRA ISABEL PIÑERO CARRIZO, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 11.456.887 y 10.188.804, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha doce (12) de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1.998), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rita del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, inserta bajo el N° 66 de los libros respectivos.