Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada, ciudadana EGLE EMILIA ANDRADE NAVA, ya ampliamente identificada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la presente demanda seguida por los ciudadanos: HILDEBRANDO DE JESUS TORRES BUCOBO, JOSÉ DE JESUS TORRES BUCOBO, DEYSY DE JESUS TORRES DE LAMBERTO y YONIXIO DE JESUS TORRES BUCOBO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.061.975, V-7.667.288, V-4.061.974 y V-7.836.489, respectivamente, en contra de la ciudadana EGLE EMILIA ANDRADE NAVA, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.636.742, por concepto de INSOLVENCIA INQUILINARIA, DESALOJO Y DAÑOS Y PERJUICIOS.
TERCERO: Se condena en costas a las partes demandantes, por haber sido vencidos totalmente, de conform.....