DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos ZORAYA JOSEFINA ALMARZA CALDERAS y ARLIN JOSÉ RODRÍGUEZ QUINTERO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.722.529 y 11.887.762, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha ocho (8) de Agosto del año mil novecientos noventa y siete (1.997), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas, Estado Zulia, inserta bajo el N° 109, Libro N° 1, del Año 1.997.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho MARNIE P.....