es por ello que en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre Bienes propiedad de la demandada, todo hasta alcanzar la cantidad de CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. 409.836,24) si recayere sobre bienes que es el doble de la suma intimada a pagar, y si recayere sobre cantidades de dinero la cantidad de DOSCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON DOCE CENTIMOS (Bs. 204.918,12) que es el monto intimado a pagar.-