este Juzgado de Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos JOSE GREGORIO, MICHEL MANUEL, LEIJAN CAROLINA, MEDIXSON ENRIQUE, YOSCAR REINALDO; MANUEL ANTONIO URDANETA VILLALOBOS y MANUEL ANTONIO URDANETA ACUÑA, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante CARMEN JOSEFINA VILLALOBOS GONZALEZ.- ASI SE DECLARA.-