Por los fundamentos expuestos y los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Niega la inspección judicial solicitada por los ciudadanos FREDDY ENRIQUE SIERRA DEL MORAL y CLARITZA ROMERO ROJAS, ya identificados.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud del dispositivo del fallo.-