DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, en el juicio de "CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO" , antes identificados, pasando en Autoridad de cosa Juzgada y no se archiva por estar pendiente de obligación.-