Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ALBERTO JOSÉ ARIAS, venezolano, mayor de edad, de profesión mecánico, titular de la cédula de identidad N° V-3.191.813, domiciliado en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia en contra de la Empresa BRUCIANI & PALTRINIERI, COMPAÑÍA ANÓNIMA (BRUPALCA). SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de CUATRO MILLONES SESENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.4.060.321, 54) por concepto de diferencia de prestaciones sociales y demás indemnizaciones laborales. TERCERO: No habiendo quedado establecido que se hubiesen pagado los intereses sobre la prestación de antigüedad previstos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Tr.....