Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos GREYCE DE LOS ÁNGELES GOLIAT GALEA y VICTOR JOSÉ MEDINA ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.846.954 y V-17.188.609, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, representados por la Abogada YALITZA ESTHER BETANCOUR DE SOLARTE, con Inpreabogado Nº 47.475 y con igual domicilio; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 19 de Diciembre de 2008, por ante la Intendencia de Seguridad de la Parroquia German Ríos Linares del Municipio Cabimas del Estado Zulia. Ofíciese a los organismos respectivos de esta decisión.
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