Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara de oficio la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO, seguido por ALEX FARIA NAVA, venezolano, mayor de edad, soltero, T.S.U. Electrónica Industrial, titular de la cédula de identidad número V- 12.180.281, y domiciliado en la Urbanización "Brisas del Lago, Calle 5, Casa número 21, de esta Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el Abogado EDWIN AÑEZ RINCÓN, Inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.551, en contra del ciudadano JAVIER DÍAZ, venezolano, mayor de edad, soltero, Obrero Petrolero, titular de la Cédula de Identidad número V-7.967.268, y domiciliado en la Urbanizació.....