Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO hecho por la parte actora, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio seguido por GRETER LORENA GOMEZ BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad número V-13.659.418 y domiciliada en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistida por los abogados ALEXIS DEVIS DAZA y NEUDO PEROZO, con Inpreabogado Nros. 21.326 y 87.889 respectivamente, y con igual domicilio; en contra del ciudadano JOSE GREGORIO FRAY PEÑA, quien es venezolano, mayor de edad, de profesión empleado petrolero, titular de la cédula de identidad N° 11.889.603, con domicilio en esta ciudad de Cabimas del Estado Zu.....