Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO LA TRANSACCION celebrada entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por RESCISION DE CONTRATO DE COMODATO, seguida por la ciudadana HERAIDYS JOSEFINA RODRIGUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.019.463 y domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, representada por la abogada ELIZABETH HERNANDEZ, con Inpreabogado Nº 33.800, en contra del ciudadano RAFAEL ANTONIO LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.872.945 y con igual domicilio. Archive el presente expediente.