El Tribunal, vistas las anteriores exposiciones, en primer lugar ordena agregar constante de doce (12) folios útiles las copias simples consignadas, se abstiene de ejecutar la medida a solicitud de la parte ejecutante, y se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de la Causa. Certifíquese copia de estas actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor. Se deja constancia que se omitió la toma del juramento del Depositario Judicial y Perito Avaluador, pero que en todo caso se deja sin efecto su nombramiento por el convenimiento celebrado por las partes.