En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Embargados Preventivamente los bienes muebles anteriormente señalados, identificados, descritos, avaluados y hasta por la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 2.734.853.588,98) y se hace entrega de los mismos al Depositario Judicial Provisional nombrado y juramentado, a los fines de su guarda y custodia.