Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISC O, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, visto lo expuesto por las partes en este acto, ordena agregar a las actas original del poder consignado por el apoderado judicial de la demandada; y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara embargada preventivamente la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 260.000.000,oo), contenida en el cheque de gerencia consignado No. 03291372, librado contra el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, agencia Zona Industrial Maracaibo, a la orden del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a quien se ordena remitir la presente comisión cumplida, conjuntamente con el cheque de gerencia en referencia.