Este JUZGADO ESPECIAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara formalmente SECUESTRADO preventivamente el inmueble donde esta constituido y anteriormente identificado, por ser el mismo que aparece en el despacho comisorio, tal y como fue determinado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la depositaria judicial designada, quien por intermedio de su representante judicial lo recibió, para su guarda y conservación, totalmente desocupado de personas y bienes, ya que los demandados notificados retiraron todos sus bienes y enseres personales por su propia cuenta y bajo su total y absoluta responsabilidad.-