Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, declara Secuestrado Preventivamente el inmueble anteriormente determinado y donde se esta constituido por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal y como fue verificado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la parte actora-secuestratario Judicial designado, quien por intermedio de su apoderado judicial lo recibió completamente desocupado para su guarda y conservación, haciendo constar el Tribunal que el demandado notificado en este acto retiro del inmueble sus bienes muebles y enseres personales bajo su total y absoluta responsabilidad.-