Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara formalmente secuestrado judicialmente el inmueble donde se encuentra constituido y anteriormente identificado, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal y como fue determinado por el experto designado en este acto; y lo puso en posesión de la parte actora-secuestrataria judicial designada, quien por intermedio de su apoderado judicial presente en este acto, lo recibió completamente desocupado por cuanto el codemandado notificado al efecto, retiró sus bienes muebles y enseres propios para oficina bajo su total y absoluta responsabilidad.