En este estado, este Tribunal PROCEDE a suspender la Ejecución de la Medida, y ordena la remisión del presente exhorto en el estado en que se encuentra al Tribunal de origen. Finalmente, este tribunal acuerda agregar a las actas procesales, copia fotostática simple del Poder Judicial General consignado en este acto por la parte demandada, constante de tres (3) folios útiles. Se deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dádiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta.