AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las siguientes cantidades: A) Medida de embargo preventivo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo, que devenga el demandado de autos quien labora como Oficial de Seguridad en la Empresa MGH Protección Integral del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, para satisfacer la obligación de manutención del niño xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.- B) Medida de embargo sobre: EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual del bono vacacional, utilidades o bonificaciones especiales que le correspondan al ciudadano GERMAN JOSE QUINTERO, portador de la Cédula de Identidad No. 12.641.175, para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de Navidad.- C) Medida de embargo sobre: EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, en caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios retener tales conceptos que le puedan corresponder al niño de autos.- D) Medida de embargo sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO (5.....