En este estado este Juzgado visto y oído el convenimiento realizado entre las partes y la correspondiente aceptación provee conforme a lo solicitado, en consecuencia pasa a designar como Depositaria Especial de los Bienes Embargados a los Ciudadanos GRISEL ACOSTA GONZALEZ y NYSSENS EUDES CASTILLO, antes identificados siendo las 2:00 en punto de la tarde concluyo el acto.- Termino se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ.-
DRA. GREGORIA MEJIAS.-
LOS NOTIFICADOS-DEMANDADOS
Y SU ABOGADO ASISTENTE.-
LA PARTE ACTORA.-
EL PERITO AVALUADOR LOS DEPOSITARIOS ESPECIALES
Y GUARDADORES DE LOS BIENES EMBARGADOS.-
LA SECRETARIA.-
DRA. RISOLENA LOLLI GARCIA.-