En este estado, este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO que devenga el ciudadano ELIO ANTONIO ESPINOZA PRIETO, antes identificado en su condición de trabajador al servicio de esa empresa.- Las cantidades de dinero embargadas sobre el sueldo o salario deberan ser entregada directamente a la demandante,
ciudadana ALEXANDRA COROMOTO MONTERO NUÑEZ.- Asi mismo medida preventiva de embargo sobre EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL BONO VACACIONAL, UTILIDADES DEL PRESENTE AÑO, que le puedan corresponder al demandado, debiendo remitir las cantidades
de dinero en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN L.....