En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado preventivamente A.) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL SUELDO que devenga el ciudadano JOSE RAFAEL BERRUETA JIMENEZ, antes identificado como empleado permanente de la empresa LOVENCA.- B.) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS UTILIDADES O BONIFICACION DE FIN DE AÑO, VACACIONES, RETROACTIVO Y AGUINALDOS que le puedan corresponder al demandado- C.) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, CAJA DE AHORROS O CUALQUIER OTRA CANTIDAD que le pueda corresponder al demandado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales antes mencionados deberán ser remitidos en cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL N° 0.....