En este estado el Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, participa al notificado que el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPRSONAL N° 2, con sede en Cabimas, a los fines de garantizar los bienes de la comunidad conyugal, de conformidad con lo establecido en el articulo 191, ordinal 3 del Código Civil, ordena la co-administración de la SOCIEDAD MERCANTIL "REPUESTOS CABIMAS DOSCA, S.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de a Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 29 de abril de 1994, anotada bajo el N° 37, tomo 4-A, segundo trimestre, y para ello se designo a la ciudadana ZULIMA LIDUVI LEAL QUINTERO, previamente identificada, por lo que todo el giro social de la identificada sociedad mercantil, deberá ser competencia de ambos administradores, es decir el administrador designado en acta de asamblea y por la .....