En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el CIEN POR CIENTO (100%), de las cantidades de dinero, que por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, y cualquier otra cantidad, que le pueda corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como trabajador al servicio de la Empresa PEQUIVEN S.A hoy PDVSA, para satisfacer las pensiones alimentarías de la niña o adolescente PAOLA KAROLINA LOPEZ BARRIOS. Se le informa al notificado que una vez se retengan las cantidades de dinero por los conceptos antes mencionados, deberán ser remitidas en cheque de gerencia, a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL 02, con sede en la ciudad de Maracaibo, debiendo re.....