En este estado, el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara legalmente embargado ejecutivamente, el inmueble señalado y descrito con anterioridad por la cantidad de cincuenta millones de bolívares (Bs.50.000.000,oo). Seguidamente el Tribunal procede a hacer formal entrega del inmueble embargado en este acto al representante de la Depositaria Judicial Maracaibo, ciudadano Rafael Gutiérrez, ya identificado, designado y juramentado en auto de fecha 22 de noviembre del 2004, quien manifestó recibirlo conforme en las condiciones antes mencionadas. En este estado, el notificado y el apoderado de la parte actora, exponen: que a los efectos de hacer menos oneroso este procedimiento solicitamos al juez de la causa, que el remate del inmueble hipotecado se haga con la publicación de un solo cartel y el justiprecio por un perito nombrado por el tribunal. Siendo las una de la tarde, se dio por terminado el presente acto......