Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero por conceptos: PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES que le puedan corresponder al ciudadano JOSE RODRIGUEZ, antes identificado como trabajador al servicio de la empresa CEICA, C.A., para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuere. Se le informa al notificado, que una vez se haga efectiva la presente medida, la cantidad correspondiente deberá ser remitida en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL 01, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CABIMAS, debiendo remitir comunicación donde se especifiquen los montos remitidos al expediente N° 1U-4966-05, todo ello para garantizar la pensión de alimentos del niño y/o adolescente, .....