En este estado el tribunal por cuanto se tratan de créditos privilegiados a favor de niños, niñas y/o adolescentes, y tomando en cuenta el principio del Interés Superior del Niños, niñas y del Adolescente, este tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: UN VEINTE POR CIENTO (20%), mensual del SALARIO que devenga el ciudadano ARWIN RONDON, antes identificado. SEGUNDO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) de UTILIDADES, AGUINALDOS O BONIFICACIONES ESPECIALES DE FIN DE AÑO. TERCERO: UN VEINTE POR CIENTO (20%); de VACACIONES O BONOS VACACIONALES. CUARTO: UN CIEN POR CIENTO (100%), de PRIMA POR HIJOS, UTILES ESCOLARES. QUINTO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO Y CUALQUIER OTRA CANTIDAD, que puedan corresponderle al demandado en caso de despido, retiro voluntario u otra causa que pueda da.....