En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero los siguientes conceptos: PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO, FIDEICOMISO E INTERESES, que le pueda corresponder al ciudadano ANDERSON ALCIDES CARIDAD REYES, titular de la cédula de identidad N° V- 12.845.906, como trabajador al servicio de la empresa MAERK DRILLING para el momento del retiro del lugar de trabajo, por la causa que fuere. Se le informa al notificado que una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades de dinero correspondiente deberán ser remitidas en cheque de gerencia, a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL 01, con sede en la ciudad de Cabimas, todo ello para garantizar las Pensión de Alimentos.....