Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente: PRIMERO: UN TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano SADY ANTONIO RAMOS URDANETA, anteriormente identificado, como empleado al servicio Empresa EHCOPEK, S.A ubicada en el Municipio Lagunillas SEGUNDO: UN TREINTA POR CIENTO (30%), anual de las utilidades o remuneración especial que le correspondan al ciudadano SADY ANTONIO RAMOS URDANETA TERCERO: UN TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de Vacaciones o bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de auto. CUARTO: En caso de que el ciudadano demandado, goce de los beneficios de primas por hijos, utiles escolares y juguetes, retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder al niño y/o adolescente RAMOS HERNANDEZ. CINCO: UN TREINTA POR CIENTO (30%) de RETROACTIVO. SEIS: U.....