En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargados preventivamente los bienes muebles señalados y descritos con anterioridad por la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS DE BOLIVARES FUERTES ( Bs.F. 43.517,67). Igualmente el tribunal, vista la solicitud formulada por la parte actora y de conformidad con el articulo invocado, deja en posesión de la ejecutada representada en este acto por la ciudadana Ele Cardozo, ya identificada, asistida por el abogado en ejercicio Ivan Perozo, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 35.555, respectivamente de los bienes (repuestos) señalados y descritos con anterioridad, en calidad de guardadora y responsable de los mismos, a quien se le tomo el juramento de Ley de la siguiente manera: ¿ Jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherentes a su cargo?. A lo que respondió si lo juro y m.....