Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado las PRESTACIONES SOCIALES, que le puedan corresponder al ciudadano, LODULFO TORRES MORALES titular de la cédula de identidad Nº V-2.455.104 en su condición de trabajador al servicio de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARIA BARALT, en caso de retiro, despido, incapacidad parcial o total o muerte, hasta cubrir la cantidad de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO 00/100 (Bs. 28.500.000,00) suma intimada. Se le informa al notificado que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas. Así mismo se le informa al notificado que al hacer la retención, deberá respetarse lo establecido en el artículo 163 de la Ley Orgánica de.....